DESDE PUERTO LA CRUZ.- En un intento por colaborar con la comprensión del pueblo venezolano, presentamos a continuación las formas posibles de presentar la pregunta del referendo constitucional que próximamente se realizará en el país.
Por supuesto, no queremos convertirnos en sujeto de referencia para la futura decisión popular, ni tampoco representa una opinión interesada de nuestra parte.
Pregunta original: ¿Aprueba ud. la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del pueblo, con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana en ejercicio de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata para el mismo cargo, por el tiempo establecido constitucionalmente, dependiendo su posible elección, exclusivamente, del voto popular?
Pregunta alternativa No. 1: ¿Aprueba ud. la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, que de verdad ni los diputados de la Asamblea, que se las deberían saber todas, ni se acuerdan de qué tratan, cuando al mismo tiempo uno se enreda tratando de averiguar qué es lo que quieren decir esos artículos de la Constitución, y por lo tanto lo ponen a leer esta pregunta como unas cuatro veces antes de poder siquiera averiguar qué es lo que significa?
Pregunta Alternativa No. 2: ¿Aprueba ud. la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que le permitiría a cualquier ciudadano o ciudadana, optar a la reelección por un cargo popular, sólo que en esta ocasión evitaríamos, en el caso de la mujer, que erróneamente se le tilde de "miembra" de algún cuerpo legislativo, alcaldía, gobernación o la presidencia dado caso, pues si ya es común oírse decir a uno mismo que "aquella es mi mujer", que ahora salga algún liso para decir de alguna chica que "aquella es miembra"?
Pregunta alternativa No. 3: ¿Aprueba ud. la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que todavía ya para estas alturas del artículo no he podido memorizarme bien y por lo tanto me veo precisado a utilizar las opciones de "copiar" y "pegar", además de que por lo larga que es voy a tratar de pasarla a una hoja de cálculo; y válgame Dios de los que sin tener una computadora a la mano, tengan que intentar de alguna manera aprendérsela o siquiera interpretarla antes de que se les acabe el tiempo de ejercer su derecho cuando esté por delante de la maquinita de votación?
Pregunta alternativa No. 4: ¿Aprueba ud. la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, lo que permitiría la reelección indefinida en todos los cargos de elección popular?
¿No es más fácil esta última? No sé, digo yo.
jmillan3008@gmail.com
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